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La Comisión Europea, con fecha de 7 de julio de 2025, ha tomado la decisión de suspender el pago a España de 626.615.891 € por no adoptar medidas eficaces para prevenir y sancionar los abusos en la temporalidad en el sector público, e incumplir las SSTJUE de 22 de febrero y 13 de junio de 2024.
Esta suspensión, que ya fue pedida a la Comisión Europea por Araúz en reiteradas ocasiones, tiene una importancia radical:
1.- Porque pone de manifiesto que la Ley 20/2021 y los procesos de estabilización en ella regulados, NO son medidas que garanticen el cumplimiento del objetivo de acabar con la temporalidad en el sector público.
2.- Porque obliga al Reino de España a legislar de forma inmediata, adoptando una medida eficaz para prevenir y sancionar los abusos en la temporalidad del sector público.
3.- Porque deja claro que esta medida sancionadora nunca puede ser ni la convocatoria de procesos selectivos, ni el pago de una indemnización por fin de contrato con un límite máximo.
4.- Porque evidencia que las sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del 25 de febrero y el 4 de marzo de 2025, no se ajustan y son radicalmente contrarias a la legalidad comunitaria.
SEGUIMOS AVANZANDO, pero necesitamos la colaboración de todos los interinos y trabajadores temporales del sector público para que reclamen fijeza y soliciten indemnizaciones cuantiosas a sus Administraciones empleadoras, que, por un lado, tengan eficacia sancionadora para las mismas, y por otro, les compensen por la violación sistemática de sus derechos.
